28 octubre, 2026

YPF y President, en capilla por el derrame petrolero de Pichanal

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Ante las afectaciones que las fugas del pozo petrolero LO X-10 de Loma de Olmedo siguen causando en su zona circundante sobre suelos, napas, la flora, la fauna silvestre y animales de cría, el juez de Garantías 2 de Orán, Gustavo Morizzio, intimó a YPF y a President Petroleum a presentar en 10 días hábiles un plan técnico con medidas para contener la contaminación ambiental y avanzar en el cierre definitivo.

La resolución judicial que fue requerida por la fiscal penal de Pichanal, María Sofía Fuentes, expone la urgencia de evitar que los hidrocarburos derramados por el pozo, que empezó a mostrar las primeras señales de descontrol hace tres años, puedan ser arrastrados por las lluvias hacia otros inmuebles rurales de la zona.

El juez hizo lugar al pedido de protección socioambiental que la Fiscalía formuló con sustento en las pericias y constataciones realizadas por el Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF). Los informes incorporados a la causa advierten sobre la continuidad de la afectación ambiental, la persistencia de emanaciones de gases y la presencia de sustancias contaminantes depositadas en la superficie, en inmediaciones del descontrolado pozo del área Puesto Guardián.

La medida cautelar ambiental tiene carácter urgente, preventivo y provisorio. La resolución alcanza a seis empresas vinculadas con la cadena de concesión del área de explotación hidrocarburífera y también contempla la intervención de organismos provinciales. YPF (petrolera estatal que perforó el pozo en 1983) y President Petroleum (la última operadora del área, declarada en quiebra en 2025) fueron intimadas el pasado 23 de octubre. Otras cuatro empresas que se sucedieron en la explotación permanecen pendientes de notificación: EPP, Tripetrol, Netherfield y Petrolera San José.

El plan técnico exigido por la Justicia deberá incluir una metodología de intervención, medidas de seguridad, mecanismos para impedir nuevas surgencias, un cronograma de ejecución y procedimientos de monitoreo y control posteriores. Además, las empresas deberán presentar un Plan de Contingencia y Contención destinado a evitar que las sustancias contaminantes acumuladas en el cuadrante del pozo LO X-10 puedan propagarse.

Todas esas acciones deberán ser afrontadas solidariamente por las empresas involucradas, junto con la intervención de las secretarías de Ambiente y de Minería y Energía de la Provincia a través de sus organismos técnicos.

La resolución deja en claro que las medidas ordenadas no constituyen una definición definitiva sobre la responsabilidad de cada empresa, sino una intervención preventiva destinada a evitar el agravamiento de la contaminación existente mientras continúa el proceso de fondo.

De acuerdo con los informes incorporados a la causa, las condiciones actuales del pozo evidencian la continuidad de la afectación ambiental y un riesgo de agravamiento hacia áreas agrícolas y ganaderas colindantes, especialmente ante la proximidad de lluvias marcadas por un “Super Niño”.

Frente a esta situación, la fiscal Fuentes solicitó que las empresas vinculadas con la cadena de concesión y explotación del área hidrocarburífera que incluye al descontrolado pozo presenten un Plan Técnico de Cierre y Abandono Técnico, elaborado por profesionales competentes.

Cabe recordar que el Procurador General de la Provincia, Pedro García Castiella, ya había dictaminado ante la Corte salteña que todas las empresas que participaron de una explotación socioambientalmente riesgosa, conforme a las normas civiles y ambientales obligatorias, debían ser incluidas en el proceso.

En los fundamentos de la resolución, el juez Morizzio la Justicia también consideró que las empresas que integraron la cadena de concesión podrían tener una responsabilidad objetiva y solidaria respecto del pasivo ambiental del área, los costos técnicos del cierre del descontrolado pozo de Lomas de Olmedo y la recomposición del suelo afectado.

En ese sentido, el magistrado señaló que las autorizaciones administrativas otorgadas para desarrollar actividades hidrocarburíferas no eximen, por sí mismas, de las obligaciones derivadas de la legislación ambiental. En la resolución judicial se apercibió a las petroleras notificadas que el incumplimiento de las intimaciones podría dar lugar a las consecuencias previstas para el delito de desobediencia judicial por el artículo 239 del Código Penal.

El antecedente

El caso del pozo LO X10 de Loma de Olmedo X-10 tiene un antecedente que ya fue abordado por El Tribuno. En 2006 otro pozo del área de Puesto Guardián, el MdT 14 de Martínez de Tineo, se salió de control y sus violentas erupciones de gas mezclado con agua e hidrocarburos causaron afectaciones semejantes durante seis años. Luego de una serie de complejas y fallidas intervenciones ejecutadas con equipos especiales que se trajeron a Salta desde el sur del país, YPF logró sellar la línea de aquel pozo petrolero en 2012 con un costo que ascendió a más de 30 millones de dólares.

Hoy se estima que las intervenciones necesarias para controlar las fugas y ejecutar el cierre técnico del pozo de Lomas de Olmedo (lo que se conoce en términos legales como abandono definitivo) podrían demandar una inversión del orden de los 15 millones de dólares.

Fuentes entendidas consultadas por este diario señalaron el sellado definitivo requeriría equipos especiales y la perforación de al menos un pozo de alivio, una intervención destinada a interceptar las fugas, aplicar técnicas de sellado y controlar los derrames.

Muerte de animales

Las fugas del pozo de Lomas de Olmedo comenzaron percibirse hace tres años. Fueron productores de la zona de La Estrella los que expusieron las afectaciones sobre suelos, aguas, vegetación y animales, mucho antes de que el LO X-10 entrará en violentas erupciones. Aureliano Reyes, de finca El Estanque, recordó que radicó en agosto de 2023 la primera denuncia por los derrames a los que él y otros pequeños ganaderos atribuyeron la muerte de alrededor de 300 cabezas vacunas.